Cautelar contra el último tarifazo de abril

El juez Adolfo Gabino Ziulu, titular del juzgado federal Nº2 de La Plata, admitió el amparo colectivo contra el aumento del gas que presentó el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdada y la Solidaridad (CEPIS), posibilidad que había sido adelantada ayer por Al Revés.

 jueves, 19-abril-2018

El gobierno pretende que los consumidores le paguen un extra a las distribuidoras por la devaluación del peso.


El juez Adolfo Gabino Ziulu, titular del juzgado número dos de esa ciudad, admitió el amparo colectivo contra el tarifazo de gas presentado por el Centro de Estudios para la promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), que demandó al Ente Nacional Regulador del Gas y al Ministerio de Energía y Minería por el aumento del 40 por ciento de las tarifas aplicado a partir de abril.

La cautelar, que comprende a los usuarios residenciales, solicita la nulidad y la inconstitucionalidad del aumento autorizado por Enargas por contrariar los artículos 1, 11, 14, 17, 42 y 75 de la Constitución, ya que impone un nuevo cuadro tarifario con aumentos de hasta el 40 por ciento a partir del 1 de abril de 2018.

El juez sostuvo el mismo argumento que había explicado a este portal Andrés Repar, ex vicepresidente del Enargas: el aumento del servicio de gas natural debe aumentar a partir del 1 de mayo, que es cuando la vigente ley que regula el servicio, la 24.076, establece comienza el período invernal.

“La presente acción intenta salvaguardar intereses individuales homogéneos”, señaló Gabino Ziuli en su fallo, que dispone la “nulidad e inconstitucionalidad de las resoluciones 300 a 309 del ENARGAS, que lesionarían a todos los usuarios que componen el colectivo”.

En la nota que publicamos ayer miércoles en este portal, Repar explicó que el gobierno nacional dio de baja la Ley de Emergencia Económica el 31 de diciembre pasado, por lo cual quedaba vigente la anterior ley de 1992 y su decreto reglamentario, que reguló el servicio del gas al momento de ser privatizado por Carlos Menem.

El fallo tiene un alcance económico importante, porque según Repar “las empresas prestatarias realizaron una exacción de entre un 35 y 40 a los usuarios por cobrar antes de lo debido el aumento, lo que significó una ganancias extra para las concesionarias de 2800 millones de pesos”.