“La Municipalidad no puede interferir en el sindicato”

Lo señaló el abogado César Arese, al referirse al decreto de Mestre que 'jubila' a Rubén Daniele. Dijo que esta medida se enmarca en "la puja política entre una patronal y un sindicato, pero no tiene consecuencias jurídicas".

 viernes, 28-julio-2017

César Arese opinó que el decreto de Mestre es parte de una "puja política". (Foto: PrensaRed)


El jurista y docente César Arese, especialista en Derecho del Trabajo, descartó que, a priori, el decreto de Mestre pueda impedirle a Daniele presentarse a elecciones en el Suoem. Además, dijo que faltan varios pasos legales para conocer el final de la historia. “El decreto puede ser recurrido”, sostuvo.

“Las elecciones son en octubre y el cierre de listas sería en septiembre. Daniele está en padrones y aún estando en condiciones de jubilarse -o siendo jubilable- podría presentarse y ser candidato“, expresó el abogado. Además, dio a entender que el municipio y el intendente cruzaron la frontera de su competencia y que el tema de la presentación de Daniele “es parte de la autonomía sindical”. Arese aclaró que la ley “exige que esté en actividad al momento de ser elegido”, pero que “es indiferente si luego se jubila”. Es más, contó que Daniele podría tener recursos legales para presentarse para la elección posterior a ésta, “incluso habiendo perdido la condición de activo”.

“Esto entra dentro de la puja política entre una patronal y un sindicato, pero no tiene consecuencias jurídicas”.

César Arese, abogado y docente especialista en Derecho del Trabajo

El letrado dijo que es el sindicato quien elige a sus representantes y que “la Municipalidad no puede interferir en este aspecto”. El jurista explicó que la única posibilidad de bloquear a Daniele es un dictamen de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales. O sea: si Mestre quiere obstruir a Daniele y llevarse el rédito político que eso implicaría, deberá llamar a alguien del gobierno nacional en Buenos Aires. Una línea de comunicación que se vio resentida luego del armado de las listas.

Por último, Arese coincidió con Daniele en cuanto a que no es el municipio el organismo que define el momento del pase a situación pasiva: “La condición de jubilado se adquiere cuando la Caja de Jubilaciones dicta la resolución acogiendo el beneficio jubilatorio”. Además, recordó que existen numerosísimos ejemplos de sindicalistas de edad avanzada: Lescano (de Luz y Fuerza, murió en funciones a los 80 años), Borelli (de Petroleros Córdoba, murió en funciones a los 83 años), el mismo Hugo Moyano (tiene 73). “Esto entra dentro de la puja política entre una patronal y un sindicato, pero no tiene consecuencias jurídicas”, cerró.