Por amor a la patria, o por la fuerza

Alberto Fernández recibió el proyecto definitivo de la ley que apunta a crear un impuesto extraordinario a la riqueza para solventar los gastos de la emergencia sanitaria. Se aplicaría a patrimonios de más de 150 millones de dólares, radicados en el país o en el exterior.

 lunes, 13-abril-2020

El diputado Carlos Heller está trabajando en el proyecto de ley que apunta a implementar un impuesto a los patrimonios superiores a 150 millones de dólares.


El diputado Carlos Heller ya entregó el proyecto del denominado “impuesto Forbes”, un tributo extraordinario, de aplicación única, para las fortunas superiores a los 150 millones de dólares y que alcanzará a los 50 hombres y mujeres más ricos de la Argentina, que reúnen entre todos casi 58.000 millones de dólares.

Se trata de una iniciativa ideada por Máximo Kirchner y que busca reunir fondos para solventar los gastos del Estado Nacional en la lucha contra el coronavirus, la pandemia que puso en pausa la actividad económica en todo el mundo y que golpea especialmente a los sectores más vulnerables de la sociedad.

Paolo Rocca, propietario del grupo TEchint, Alejandro Bulgheroni, de la industria de lso hidrocarburos, la familia Macri, Gregorio Pérez Companc, Alberto Roemmers, entre otros, son algunos de los magnates incluidos todos los años en el ranking Forbes de los hombres más ricos del mundo y ahora les toca el turno de aportar parte de sus fortunas para ayudar a sostener los programas de asistencia sanitaria en su país.

El impuesto será progresivo, desde un 1% y hasta un 20% sobre bienes muebles e inmuebles en el país y el exterior, además de fondos de inversión que hayan obtenido más de mil millones de pesos de ganancias netas, a los que se les aplicará una alícuota del 10%.

Según los cálculos de sus autores, la recaudación obtenidas con este impuesto podría alcanzar los tres mil millones de dólares y solventaría los gastos extraordinarios que está realizando el estado para sostener a los sectores sociales, empresariales y laborales más golpeados por la crisis del Covid-19.

Según el texto de la ley, publicado en excluviva por BAE Negocios, el primer artículo determina que se establece con “carácter de emergencia por única vez” sobre los bienes existentes al 31 de diciembre de 2019, en el país y el exterior.

El segundo artículo especifica que los bienes considerados son muebles e inmuebles en la Argentina y el exterior, los aviones y barcos, el dinero y los depósitos que se hallaren en el país, los títulos, las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros títulos valores representativos de capital social, los depósitos en instituciones bancarias del exterior y los depósitos que permanezcan por más de treinta días en esas cuentas en el transcurso de un año.

El impuesto será para personas físicas y jurídicas privadas que tenga domicilio en la Argentina y en el exterior, así como para los fideicomisos, fondos comunes de inversión, contratos asociativos, negocios en participación, agrupaciones de colaboración y uniones transitorias. También serán alcanzadas las sucesiones indivisas y los patrimonios pertenecientes a los componentes de la sociedad conyugal.