Sin acuerdo por “arrepentidos”

El gobierno busca aprobar este miércoles en la Cámara de Diputados una ley para penalizar a empresas por hechos de corrupción, pero la oposición cuestiona varios artículos, entre ellos, el que habilitaría al Ejecutivo a intervenir en las causas a través de la Procuración del Tesoro, salteando al Ministerio Público Fiscal, cuya cabeza es Alejandra Gils Carbó. El fantasma Odebrecht.

 lunes, 3-julio-2017

Los casos de corrupción que involucran a oficialismo y oposición atravesaron un debate caliente en Diputados.


Aprobado el texto en general, la última sesión en la Cámpara de Diputados fracasó cuando empezó el análisis de cada uno de los artículos. La oposición propuso que además de los casos de corrupción, la normativa incluyera en el primero los delitos de trata de personas y los ambientales, entre otros, lo que llevó a votar y que Cambiemos perdiera en el conteo.

El eje de las diferencias entre oficialismo y oposición está en los artículos 5, 20 y 37. Pero de los tres mencionados, el más polémico es el artículo 37, que permitiría que para hechos previos a la ley, el procurador del Tesoro negocie acuerdos con las empresas arrepentidas que quieran dar información sobre hechos de corrupción .

Es el punto con mayor controversia, porque la oposición advierte que esto permitiría al Poder Ejecutivo una posible negociación que saltearía la intervención del Ministerio Público Fiscal, cuya cabeza es Alejandra Gils Carbó, el principal escollo que tiene el gobierno de Macri desde que asumió para avanzar en el Poder Judicial, y la funcionaria judicial que maneja datos sensibles en la causa Odebrecht, que tanto preocupa al oficialismo por las revelaciones que se conocieron en el caso Arribas, el titular de la AFI.

En tanto, el 5 regularía la extinción de la acción penal para las empresas que hayan pagado sobornos pero acepten un acuerdo de colaboración eficaz para dar información sobre esos delitos –como quiere Cambiemos-, a lo que se opuso el massismo, que pide que a cambio de colaboración no se anulen las penas, sino que puedan ser levemente moderadas en su alcance.

Por último, el artículo 20 del proyecto de ley establece que si la empresa da información útil para esclarecer un hecho de corrupción previo a la elevación a juicio, se “exima la persecución penal”, pero se mantengan las sanciones económicas.